Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20604 >> Fecha 31/07/1991 >> Articulo 12
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 12     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 20604 - Articulo 12
Ir al final de los resultados
Artículo 12
Versión del artículo: 1  de 1
12

ARTICULO 12.- La Comisión podrá citar a los interesados a las audiencias que estime necesarias a efecto de obtener un real conocimiento de los proyectos. También podrán realizar a solicitud de parte.

Ir al inicio de los resultados