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ARTICULO 51.- Para aspirar a beneficiarse
de la compensación económica se establecen, los siguientes requisitos:
a) Demostrar que se está ejecutando o
participando en la ejecución de, por lo menos, un proyecto de investigación, durante
todo el período en que se disfrutará del beneficio;
b) Dedicar al menos un 50% de su tiempo a
la ejecución de proyectos de investigación; y
c) Ser propuesto por una institución de enseñanza
superior o por una institución o empresa pública o por una empresa privada con capital
mayoritariamente costarricense, establecida en el país.
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