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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 2535 >> Fecha 21/09/1972 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 2535 - Articulo 4
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Artículo 4    (No vigente*)
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Artículo 4°-EI Consejo contará con una Secretaría Técnica, la cual será integrada de común acuerdo por la Oficina de Planificación y el INVU y será la encargada de ejecutar las decisiones del Consejo. Los gastos serán sufragados por el INVU.

 

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