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CREACION DE LA LOTERIA POPULAR
DENOMINADA TIEMPOS
ARTICULO 1.- Créase el juego de lotería popular denominado
"Tiempos", el cual será emitido y administrado por la Junta de
Protección Social de San José. Esta lotería estará exenta del pago del
impuesto de ventas y del seis por ciento (6%) del impuesto sobre el
pago de premios, según las Leyes No. 5672 y No. 6317.
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