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ARTICULO 2.- Aplicación de esta ley al mayor de edad
Se aplicará esta ley a todos los menores de edad que, en el
transcurso del proceso, cumplan
con la mayoridad penal. Igualmente se
aplicará cuando los menores de
edad sean acusados después de haber
cumplido la mayoridad penal, siempre y cuando
el hecho haya ocurrido
dentro de las edades comprendidas para
aplicarles esta ley.
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