112
ARTICULO 112.- Recurso de apelación
Serán apelables las siguientes resoluciones:
a) La que resuelva el conflicto de competencia.
b) La que ordene una restricción provisional a un derecho
fundamental.
c) La que ordene o revoque la suspensión del proceso a prueba.
d) La que termine el proceso, si se trata de contravenciones.
e) La que modifique o sustituya cualquier tipo de sanción en la etapa
de ejecución, si se trata de contravenciones.
f) Las demás que causen gravamen irreparable.
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