Artículo 6°-Los acuerdos de
la Comisión
serán de cumplimiento obligatorio, dentro del marco legal vigente, cuando se
trate de: facilitar y hacer más expedita la atención al público; eliminar trámites
burocráticos innecesarios; promover una labor coordinada de las
instituciones; economizar los recursos materiales y financieros, sin menoscabo
de la efectividad de los servicios; implantar sistemas de evaluación del
trabajo de los servidores públicos; y crear estímulos adecuados para aumentar
el rendimiento de estos últimos.
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