(Este
decreto fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 13278 del 13
de enero de 1982)
N°
6144-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA,
Considerando:
1°—Que la Oficina de Información de la Casa Presidencial, será una
dependencia directamente subordinada al Presidente de la República.
2°—Que
todas las instituciones públicas deberán prestar amplia colaboración a la Oficina de Información
de la Casa Presidencial y proporcionarle la información que requiera para el
mejor cumplimiento de sus funciones.
Por
tanto,
DECRETAN
:
Artículo 1°—Créase la Oficina de Información de la
Casa Presidencial, dependiendo en forma directa del Presidente de la República,
la cual constará de las Divisiones de: Opinión Pública, Investigaciones
Sociales y Sistemas e Informática y cualesquiera que en el futuro sea
necesario crear.
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