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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 4197 >> Fecha 04/10/1974 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 4197 - Articulo 6
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Artículo 6    (No vigente*)
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Artículo 6°-Los miembros de la Comisión Consultiva serán nombrados por el Presidente de la República y deberán juramentarse ante él.

 

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