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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 4672 >> Fecha 25/03/1975 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 4672 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°— La Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, coordinará su acción, en lo que corresponda, con la Oficina de Planificación Nacional, con la Caja Costarricense de Seguro Social, con el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal y con las otras Instituciones que tengan a su cargo la ejecución de los citados programas.                           

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