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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23389 >> Fecha 03/06/1994 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23389 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los tres días del mes junio de mil novecientos noventa y cuatro.

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