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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 12089 >> Fecha 26/11/1980 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 12089 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°─ Rige desde el 27 de noviembre de 1980.

Dado en la Presidencia de la República. ─ San José, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta.

 

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