N°
6249-C
EL
PRESIDENTE DE
LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES,
DECRETAN
En
uso de las facultades conferidas en los artículos 140, inciso 3) de
la Constitución Política
y 12 de
la Ley
de Planificación, N° 5525 del 2de mayo de 1974,
Considerando:
1°—Que
por ley N° 5525 de 2 de mayo de 1974, se estableció el Sistema racional de
Planificación, que incluye el funcionamiento de las Oficinas Sectoriales.
2°—Que
es necesario perfeccionar el sistema de Planificación, interno en el Ministerio
de Cultura Juventud y Deportes, en procura de los mejores resultados de sus
actividades.
Por
tanto,
DECRETAN
Articulo
1°—Créase
la Oficina
de Planificación Sectorial del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes,
como órgano de
la Administración Central
de ese Ministerio.
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