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ARTICULO 115.- Se prohíbe conducir un vehículo en
contravención con las normas que establece el Manual de Señales
Viales, pasar sobre las islas canalizadoras demarcadas en la
calzada, así como circular por el carril izquierdo de la calzada
cuando el centro de ésta sea una línea continua, la cual indica
que es prohibido sobrepasar a otro vehículo.
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