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 Normativa >> Ley 7331 >> Fecha 13/04/1993 >> Articulo 249
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Normativa - Ley 7331 - Articulo 249
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Artículo 249
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249

ARTICULO 249.- Modifícase el Capítulo V de la Ley Nº 6324,

para que en lo sucesivo, la Dirección de Transporte Automotor se

denomine Dirección General de Transporte Público. Mantendrá las

mismas funciones que se indican en el artículo 24 de esta Ley,

excepto el inciso ch). La expedición y regulación de lo relativo

a las licencias para la conducción de los vehículos pasa a ser

función de la Dirección General de Educación Vial.

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