Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24867 >> Fecha 19/12/1995 >> Articulo 3
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 24867 - Articulo 3
Ir al final de los resultados
Artículo 3
Versión del artículo: 1  de 1
3

Artículo 3º.. Para la clasificación de un producto peligroso en una

clase determinada debe contemplarse el mayor riesgo que este representa.

Ir al inicio de los resultados