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Artículo 8º.. Las clases a considerar para la clasificación de los
productos peligrosos son: clase 1: explosivos; clase 2: gases
comprimidos, licuados, disueltos bajo presión o altamente refrigerados;
clase 3: líquidos inflamables; clase 4: sólidos inflamables, sustancias
sujetas a combustión espontánea, sustancias que en contacto con el agua
emiten gases inflamables; clase 5: sustancias oxidantes, peróxidos
orgánicos; clase 6: sustancias tóxicas, sustancias infectantes; clase 7:
sustancias radioactivas; clase 8: corrosivos; y clase 9: productos
peligrosos diversos.
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