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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 5961 >> Fecha 29/04/1976 >> Articulo 3
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<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 5961 - Articulo 3
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Artículo 3    (No vigente*)
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Artículo 3°-Son beneficiarios de este impuesto: el Teatro Nacional, la Compañía Nacional de Teatro, la Dirección General de Artes y letras y la Orquesta Sinfónica Nacional, que percibirán ese impuesto respectivamente en las siguientes proporciones: 50%, 30%, 10% y 10%.

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