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 Normativa >> Ley 7399 >> Fecha 03/05/1994 >> Articulo 14
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Normativa - Ley 7399 - Articulo 14
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Artículo 14
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ARTICULO 14.- Los funcionarios de la Dirección General de

Hidrocarburos quedan sometidos al Régimen de Prohibición, conforme a lo

dispuesto en la Ley No. 5867 del 15 de diciembre de 1975.

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