82
Artículo 82.- Adiciónase al artículo 468 del Código Civil un nuevo
inciso que dirá:
"7º) Las resoluciones que dicte el Instituto de Desarrollo Agrario,
declarando la afectación de tierras para los fines de la ley que rige la
materia, así como las que adviertan o declaren la existencia de un
conflicto de ocupación precaria en un inmueble".
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