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 Normativa >> Ley 7421 >> Fecha 18/07/1994 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 7421 - Articulo 2
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Artículo 2
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ARTICULO 2.- Modificación del artículo 214.-

Se modifica el inciso 6) del artículo 214 del Código Procesal Civil,

cuyo texto dirá: "En los procesos de ejecución de sentencia. No obstante,

si se hubiera practicado embargo y transcurra el plazo establecido en el

párrafo primero del artículo 212, a solicitud del demandado, el juez

levantará el embargo practicado."

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