Nº 24204-COMEX-H-P-MICITT(*)
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y LOS MINISTROS DE COMERCIO EXTERIOR,
DE HACIENDA, DE LA PRESIDENCIA
Y DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES(*)
(*)(Modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector
Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al
Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de
junio de 2012)
En uso de las facultades conferidas por el artículo 140 inciso
3) de la Constitución
Política de la
República y la Ley Nº 7040 de 25 de abril de 1986,
Considerando:
1.- Que es de suma importancia para el desarrollo del país,
que el gobierno se avoque a la tarea de formular, planificar y coordinar las
políticas de fomento, de diversificación y de desarrollo de las exportaciones y
de las inversiones para el comercio exterior.
2.- Que como parte de las atribuciones del Ministerio de Comercio
Exterior se contempla el coadyuvar al crecimiento económico del país y a su
desarrollo a través de la definición de una política comercial externa que
permita mejores condiciones de acceso a los mercados y una mayor incorporación
de Costa Rica en la economía mundial, en forma coordinada con el resto de la
política económica del país.
3.- Que el auge de la actividad exportadora conlleva la necesidad
imperiosa de estimular las inversiones a través de una atención eficiente y
eficaz al inversionista para así contribuir de mayor y mejor forma al
crecimiento económico del país.
4.- Que para lograr el objetivo propuesto resulta imprescindible
la creación de un "SISTEMA INTEGRADO DE SERVICIOS A LA INVERSION" que
permita agilizar todos los servicios requeridos por el inversionista en nuestro
país y coadyuve en el proceso de Modernización Estatal que tiene como fin
transformar a Costa Rica en un Estado eficiente capaz de enfrentar y asumir los
nuevos retos que plantean las actuales Relaciones Económicas Internacionales.
DECRETAN:
DE LA
CREACION DEL SISI
Artículo 1.- Decrétase la creación
del Sistema Integrado de Servicios a la Inversión en adelante el SlSI,
de interés y conveniencia nacional, cuyo objetivo será el estimular las inversiones
a través de una atención eficiente y eficaz al inversionista y coordinar la
creación y desarrollo de las diferentes iniciativas tendientes a establecer
"Ventanillas Unicas de Servicios" cuyo
impulso corresponda a las instituciones que configuran el Sector Público.