Buscar:
 Normativa >> Ley 7428 >> Fecha 07/09/1994 >> Articulo 16
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 16     >>
Normativa - Ley 7428 - Articulo 16
Ir al final de los resultados
Artículo 16
Versión del artículo: 1  de 1
16

CAPITULO II

De la competencia

Artículo 16.- Potestades. Para cumplir con los fines a su cargo, la Contraloría General de la República tendrá, entre otras, las potestades que se señalan en este capítulo.

Ir al inicio de los resultados