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 Normativa >> Ley 7428 >> Fecha 07/09/1994 >> Articulo 24
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Normativa - Ley 7428 - Articulo 24
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Artículo 24
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Artículo 24.- Potestades de dirección en materia de fiscalización. La Contraloría General de la República podrá dictar los planes y programas de su función fiscalizadora, así como las políticas, los manuales técnicos y las directrices que deberán observar los sujetos pasivos en el cumplimiento del control interno, por medio de los órganos correspondientes.

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