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 Normativa >> Ley 7428 >> Fecha 07/09/1994 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 7428 - Articulo 2
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Artículo 2
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ARTICULO 2.- GARANTIA DE INDEPENDENCIA

En el ejercicio de sus potestades, la Contraloría General de la

República goza de absoluta independencia funcional y administrativa,

respecto de cualquier Poder, ente u órgano público. Sus decisiones

solamente se encuentran sometidas a la Constitución Política, a tratados

o convenios internacionales y a la ley.

El Contralor General de la República y el Subcontralor General de la

República responden ante la Asamblea Legislativa por el cumplimiento de

sus funciones.

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