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 Normativa >> Ley 7414 >> Fecha 13/06/1994 >> Articulo 13
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Normativa - Ley 7414 - Articulo 13
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Artículo 13
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13

ARTICULO 13

RESOLUCION DE CUESTIONES RELACIONADAS CON

LA APLICACION DE LA CONVENCION

En su primer período de sesiones, la Conferencia de las Partes

considerará el establecimiento de un mecanismo consultivo multilateral, al

que podrán recurrir las Partes, si así lo solicitan, para la resolución de

cuestiones relacionadas con la aplicación de la Convención.

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