Artículo 21.De las obligaciones de los Grupos de
Voluntariados.
Todos los miembros de los Grupos de Voluntariados deberán devolver a
la Dirección del Centro, el carné extendido por ella, al retirarse del grupo o cuando
éste haya concluido su programación. El coordinador o presidente del grupo de
Voluntariado será el encargado de velar por el cumplimiento de esta disposición.
Los miembros de los grupos de voluntariado, deben respetar las
disposiciones de este reglamento y demás normativa concordante.
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