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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23826 >> Fecha 15/11/1994 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23826 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º-Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los quince días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.

 

 

 

 

 

 

 

 

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