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 Normativa >> Ley 7476 >> Fecha 03/02/1995 >> Articulo 9
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Normativa - Ley 7476 - Articulo 9
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Artículo 9
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ARTICULO 9.- Deber de los centros educativos. En todos los centros educativos, se deberá cumplir con lo establecido en los artículos 5, 6 y 8 de la presente Ley.

 

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