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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24961 >> Fecha 02/02/1996 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24961 - Articulo 8
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Artículo 8
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8

Artículo 8º.En los Colegios Cientificos, se seguirá el siguiente plan

mínimo de estudios, que comprende dos conjuntos o áreas de asignaturas:

las del Area General y las del Area de Profundización:

AREA GENERAL AREA PROFUNDIZACION

(las cifras son número de lecciones por semana)

Español 5 lecciones semanalesMatemática Profundización 2 lec- ciones

semanales

Matemática 6 lecciones semanalesFísica Profundización 2 lecciones

semanales

4 lecciones semanalesQuímica Profundización 2 leccio- nes semanales

Química 4 lecciones semanalesBiología Profundización 2 leccio- nes

semanales

Biología 4 lecciones semanales

Computación 2 lecciones semanales

Geografía 2 lecciones semanales

Historia 2 lecciones semanales

Ed. Cívica 2 lecciones semanales

Inglés 5 lecciones semanales

Dibujo Téc. 3 lecciones semanales

Ed. Relig. 1 lección semanal

Ed. Física 2 lecciones semanales

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