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Artículo 18º.Son deberes y obligaciones de los estudiantes regulares
de un Colegio Científico Costarricense:
a) Mostrar una conducta y comportamiento que lo dignifique como
persona y que enaltezca el buen nombre de la Institución y de
la comunidad en general.
b) Vestir con decoro y cumplir con las regulaciones establecidas por
el Ejecutivo Institucional en cuanto al uniforme y la
presentación personal.
c) Asistir con puntualidad a las actividades escolares y comprometer
su atención y esfuerzo en el proceso de aprendizaje.
d) Contribuir, con su conducta y participación responsable, en la
creación, y mantenimiento de un ambiente adecuado para el
aprendizaje.
e) Colaborar y participar, en la forma en que lo indiquen los
educadores, en las lecciones y actividades escolares, tanto
curriculares como extracurriculares.
f) Practicar las normas de consideración y respeto en sus relaciones
con los compañeros, profesores y autoridades de la Institución
y, en general con todas las personas.
g) Respetar las normas de convivencia humana dentro y fuera de la
institución, y valorar en las demás los derechos que se les
reconocen como personas.
h) Actuar, en todo momento y lugar, con la dignidad y el decoro que
imponen las normas de urbanidad vigentes en la sociedad
costarricense.
i) Respetar, en su integridad física, emocional y moral a sus
compañeros, profesores y otros funcionarios de la Institución.
j) Cumplir puntualmente con el calendario, los horarios y las
instrucciones para el desarrollo de las actividades
institucionales.
k) Respetar los bienes y la privacidad de sus profesores, compañeros
y funcionarios de la institución.
l) Cuidar y conservar las edificaciones, las instalaciones, el
equipo, el material, el mobiliario y, en general los bienes de
la Institución y de la Universidad sede.
m) Cumplir con las orientaciones e indicaciones que formulen las
autoridades educativas relativas a los hábitos de aseo o
higiene personal así como las normas de ornato, aseo, limpieza
y moralidad de la institución.
n) Informar a sus padres o encargados sobre las existencia de
informes o comunicaciones remitidas al hogar.
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