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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24961 >> Fecha 02/02/1996 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24961 - Articulo 23
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Artículo 23
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23

Artículo 23º.Las autoridades institucionales, y, en particular, las

docentes, deberán establecer canales ágiles de participación de los

padres de familia o encargados, para la atención del proceso educativo de

sus hijos, y, en especial, en la atención de problemas específicos.

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