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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24961 >> Fecha 02/02/1996 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24961 - Articulo 25
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Artículo 25
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25

Artículo 25º.Para efectos de la evaluación de los aprendizajes, se

utilizará la escala numérica de uno a cien; no obstante, la calificación

mínima por período será de 40. Los promedios semestrales y anuales se

reportarán al hogar. Se consignarán las calificaciones con dos decimales

y solamente en el promedio anual se redondeará a la unidad superior a

partir de 0,51.

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