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Artículo 35º.El alumno contará con tres días hábiles, a partir del día
en que de nuevo se incorpore a lecciones, para presentarse ante el
respectivo profesor, o ante el Ejecutivo Institucional, para que se le
asigne la fecha del examen extraordinario. Deberá proceder de igual forma
cuando se trate de ausencias a trabajos de investigación.
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