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Artículo 2º.- La Unidad Técnica estará adscrita a la Secretaría del
Consejo del Sector Social que depende de la Segunda Vicepresidenta de la
República, y estará conformada así:
Un Coordinador Nacional, Un Coordinador Internacional, Funcionarios
de apoyo.
Los nombramientos serán realizados por la Segunda Vicepresidenta de
la República de acuerdo a lo establecido en el Convenio.
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