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SECCION IX
Reformas de la Ley de tránsito por
vías públicas terrestres
ARTICULO 76.- Reformas
de la Ley No.
7331
Se reforma el inciso c) del artículo 67 y se adiciona
el artículo 67 bis a la Ley
de tránsito por vías públicas terrestres, No. 7331, del 13
de abril de 1993, cuyos textos dirán:
"Artículo 67.-
[...]
c) Presentar un examen médico que verifique la
idoneidad del conductor para el manejo de vehículos o del
vehículo específico que se pretende conducir."
"Artículo 67 bis.- En el caso de una persona con
discapacidad, el procedimiento para obtener el certificado de idoneidad para
conducir un vehículo, no podrá ser diferente del que utilice el
resto de los conductores."
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