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N° 7600
LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETAN:
IGUALDAD
DE OPORTUNIDADES PARA LAS
PERSONAS
CON DISCAPACIDAD
TITULO
I
CAPITULO
I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.- Interés público
Se declara de interés público el desarrollo
integral de la población con discapacidad, en iguales condiciones de
calidad, oportunidad, derechos y deberes que el resto de los habitantes.
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