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Normativa >> Ley 7600 >> Fecha 02/05/1996 >> Articulo 35
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Artículo 35
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Ficha de la Norma
Ley : 7600 (99 artículos) (8 transitorios)
Artículo:
Súbnúmero:
0
BIS
TER
QUATER
QUINQUIES
SEXIES
OCTIES
NOVIES
DECIES
UNDECIES
DUODECIES
TREDECIES
QUATTUORDECIES
QUINDECIES
Tipo:
Normal
Transitorio
Anexo
Ley : 7600 del 02/05/1996
Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad
Ente emisor:
Asamblea Legislativa
Versión de la norma:
8 de 9
Normativa - Ley 7600 - Articulo 35
Artículo 35
Versión del artículo: 1 de 1
35
ARTICULO 35.-
Medios de transporte adaptados Las instituciones públicas que brindan servicios de rehabilitación deberán contar con medios de transporte adaptados a las necesidades de las personas con discapacidad.