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 Normativa >> Ley 7600 >> Fecha 02/05/1996 >> Articulo 90
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Normativa - Ley 7600 - Articulo 90
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Artículo 90
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77

SECCION X

Reformas de la Ley de Migración y Extranjería

ARTICULO 90.- Reformas de la Ley No. 7033

Se reforma el inciso 6) del artículo 60 de la Ley de Migración y Extranjería, No. 7033, del 4 de agosto de 1986, cuyo texto dirá:

"Artículo 60.-

[...]

6.- Los reconocidos internacionalmente como traficantes de drogas y que lucren con la prostitución."

 (Así modificada su numeración por el artículo único de la ley N° 9714 del 1° de agosto del 2019, “acceso a la justica”, que lo traspaso del antiguo artículo 77 al 90)

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