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 Normativa >> Ley 7600 >> Fecha 02/05/1996 >> Articulo 25
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Normativa - Ley 7600 - Articulo 25
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Artículo 25
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ARTICULO 25.-

Capacitación prioritaria Será prioritaria la capacitación de las personas con discapacidad mayores de dieciocho años que, como consecuencia de su discapacidad, no hayan tenido acceso a la educación y carezcan de formación laboral.

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