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 Normativa >> Ley 7600 >> Fecha 02/05/1996 >> Articulo 27
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Normativa - Ley 7600 - Articulo 27
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Artículo 27
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27

ARTICULO 27.-

Obligación del patrono El patrono deberá proporcionar facilidades para que todas las personas, sin discriminación alguna, se capaciten y se superen en el empleo.

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