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Artículo 8º.- Los miembros de la Junta Directiva desempeñarán sus
funciones con absoluta independencia del Poder Ejecutivo y serán por lo
mismo, los únicos responsables de su gestión. Por igual razón, pesará sobre ellos cualquier responsabilidad legal que pueda atribuírseles.
Serán inamovibles durante el período de su cometido, salvo que llegue a
declararse en su contra alguna responsabilidad legal o que caigan dentro
de las previsiones de los artículos 7º, inciso b) y 9º.
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