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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14 >> Fecha 20/12/1938 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14 - Articulo 5
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Artículo 5
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    Artículo 5°—Toda nueva adquisición de los coleccionistas de­berá comunicarse al Museo Nacional, mediante el envío de las respectivas fórmulas originales numeradas de acuerdo con el catálogo, particular. De igual manera se informará de los traspasos de reli­quias con indicación de sus números, para los efectos de la respectiva anotación.

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