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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14 >> Fecha 20/12/1938 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—En las solicitudes de permisos para la exporta­ción de reliquias arqueológicas precolombinas o coloniales, deberán citarse los números correspondientes a tales piezas en el catálogo general de Museos y colecciones particulares.

 

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