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 Normativa >> Ley 7527 >> Fecha 10/07/1995 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 7527 - Articulo 3
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Artículo 3
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        ARTICULO 3.- Irrenunciabilidad de derechos.

        Los derechos conferidos en esta ley a los arrendatarios son irrenunciables.

        La nulidad de pleno derecho de las estipulaciones que contengan renuncias a los derechos de los arrendatarios, no afecta la validez del resto de la contratación.

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