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ARTICULO 10.- Anualmente el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
realizará las evaluaciones actuariales de los sistemas de protección y los
requerimientos financieros y económicos necesarios para la buena marcha
del régimen general. Un resumen de estas evaluaciones estará contenido en
la memoria anual que este Ministerio debe presentar a la Asamblea Legislativa,
de conformidad con lo establecido en la Constitución Política.
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