Artículo 4°-La Comisión Consultiva de
la Industria
de
la Maquila
estará integrada por:
1) Cuatro empresarios de la citada rama industrial:
2) Un representante del Ministerio de Hacienda;
3) Un representante de
la Oficina
de Planificación Nacional y Política Económica; y
4) Un representante del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio y del Centro de Promoción de Exportaciones e Inversiones, quien actuará
como Coordinador.
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