Artículo 5°-La Comisión establecerá sus
propios procedimientos y normas de trabajo y llevará a cabo sus actividades de
acuerdo con un programa que someterá a
la Oficina
de Planificación Nacional. la cual proporcionará los servicios de
secretariado técnico que se requieran. La comisión presentará sus propuestas
e informes de trabajo al Presidente de
la República
, por medio de
la Oficina
de Planificación Nacional v Política Económica.
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