Buscar:
 Normativa >> Ley 7494 >> Fecha 02/05/1995 >> Articulo 66
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 66     >>
Normativa - Ley 7494 - Articulo 66
Ir al final de los resultados
Artículo 66
Versión del artículo: 1  de 1
66

ARTICULO 66.-

Criterios.

Las condiciones personales, profesionales o empresariales de los participantes determinarán la adjudicación. El precio no constituirá el único factor determinante para comparar las ofertas.

Ir al inicio de los resultados