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 Normativa >> Ley 7494 >> Fecha 02/05/1995 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 7494 - Articulo 1
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N° 7494

(Esta norma fue derogada por el artículo 135 inciso a) de la Ley General de Contratación Pública, N° 9986 del 27 de mayo de 2021)

Ley  de Contratación Administrativa

CAPITULO I

Cobertura y principios generales

Sección primera

Cobertura y excepciones

 ARTICULO 1.- Cobertura .Esta Ley regirá la actividad de contratación desplegada por los órganos del Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Poder Legislativo, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Contraloría General de la República, la Defensoría de los Habitantes, el sector descentralizado territorial e institucional, los entes públicos no estatales y las empresas públicas.

Cuando se utilicen parcial o totalmente recursos públicos, la actividad contractual de todo otro tipo de personas físicas o jurídicas se someterá a los principios de esta Ley.

Cuando en esta Ley se utilice el término "Administración", se entenderá que se refiere a cualquiera de los sujetos destinatarios de sus regulaciones.

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